El gobierno presidido por el señor Ricardo Martinelli, supuestamente interesado en combatir la ola de crimen que azota al país, ha presentado el proyecto de Ley 019-09 “ Por medio del cual se regula la obligación de las empresas Privadas a registrar y conservar los datos de los usuarios del servicio de telefonía móvil, fija, redes de comunicaciones y similares y dicta otras disposiciones ”, el cual ha recibido el rechazo de diversos sectores de la sociedad.
Coincidimos con el resto de la ciudadanía en la necesidad de combatir la delincuencia ya que cada día se hace más insoportable la inseguridad reinante en todo el país, sin embargo, las políticas del gobierno para garantizar paz y tranquilidad a los asociados deben desarrollarse en el marco constitucional y legal, respetando los derechos humanos de todos y todas, de lo contrario, volveríamos a las viejas prácticas dictatoriales, superadas a nivel internacional.
El documento, que consta de 19 artículos, pretende legalizar las escuchas de las conversaciones privadas, así como también acceder a toda comunicación de los ciudadanos, sin que exista causal alguna, ya que ordena a las empresas dedicadas a las actividades de la comunicación telefónica e internet, guardar información sobre los usuarios de estos servicios para cuando los agentes-del Ministerio Público, Dirección de Investigación Judicial, policía, entre otros, lo requieran, so pretexto de perseguir el delito. Es decir, que de aprobarse este proyecto, todas nuestras conversaciones, así como los correos electrónicos, incluso los personales, serán sujetos de intervenciones de funcionarios que tendrán acceso a nuestra vidas y actividades privadas, información que luego ellos usarán a su conveniencia, violando nuestro derecho humano a la intimidad.
Si bien es cierto que el texto en su art. 14 señala que cuando se considere estar ante posible violación al derecho a la intimidad y el secreto de las comunicaciones privadas, debe solicitarse previamente permiso “ a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia para que autorice cualquier actividad dirigida a interceptar, grabar, filmar, y reproducir el contenido de los datos registrados y conservados como todo tipo de comunicación e imágenes”, no debemos olvidar lo cuestionado en que se encuentra la máxima corporación de justicia panameña, por sus fallos controversiales como el caso CEMIS, que luego de cerrarlo pretende, sin base legal alguna, reabrirlo, respondiendo a criterios políticos y no legales.
Pero además de los daños posibles a futuro, los autores del proyecto lo hacen retroactivo, sin aclarar hasta que espacio de tiempo, dejando un vez más a la ciudadanía indefensa frente a las autoridades, que están llamadas a cumplir y hacer cumplir la constitución y la ley, al igual que asegurar la efectividad de los derechos individuales y sociales.
Para el Partido Alternativa Popular este proyecto viene a legalizar una práctica nociva contraría a la Constitución y la ley, y no se trata de un hecho aislado, el mismo se suma a los decretos leyes de seguridad del régimen anterior dirigidos a espiar a la ciudadanía sobre su privacidad, como lo constata la ausencia de legislación sobre la video vigilancia, ya que se grava las actividades de las personas sin su consentimiento.
El proyecto en discusión, que a todas luces es inconstitucional, se suma a la lista de actos de este gobierno violatorios a la Constitución como el caso de Bosco Vallarino y la Carrera Administrativa, ya que en ambos casos se invoca la retroactividad de la ley, cuando los casos no se ajustan a este principio constitucional.
No debemos olvidar que la Corte Suprema de Justicia falló en contra de la separación de un ex-fiscal porque el Ministerio Público utilizó como prueba una filmación obtenida ilegalmente, a ello se une la Sentencia del 27 de enero de este año que la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó en el caso del abogado panameño Tristán vs. Panamá, fallo favorable al ciudadano y condenatorio al estado panameño, poniendo en dudas la seriedad del estado panameño, ya que es la tercera sentencia condenatoria contra Panamá por violación de derechos humanos. Esta sentencia viene a ser la primera sobre el derecho humano a la privacidad en relación a la intercepción arbitraria de comunicaciones.
Y más recientemente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al estado de Brasil por las escuchas ilegales contra el Movimiento de Trabajadores Rurales Sin Tierra, las cuales se practicaron con la participación de funcionarios judiciales. Ello demostró una vez más que los organismos de inteligencia utilizan estos mecanismos para fines diversos, como se demostró en Colombia, donde Magistrados, periodistas, políticos y dirigentes sociales fueron víctimas de actos de hostigamiento en base a esas escuchas.
El Partido Alternativa Popular rechaza categóricamente este proyecto de ley y llama a la ciudadanía a declararse en estado de alerta para evitar la violación de los derechos humanos, reiterando el llamado al gobierno a derogar los llamados decretos seguridad por violatorios a la Constitución, las leyes y pactos, declaraciones y acuerdos internacionales de derechos humanos.
Panamá, 12 de agosto de 2009
PARTIDO ALTERNATIVA POPULAR
Comité Ejecutivo
jueves, 13 de agosto de 2009
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